lunes, 18 de febrero de 2013

TRIBUNAL DE CONTRATACIONES RATIFICÓ DECISIÓN DE GOBIERNO REGIONAL
 
La Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado resolvió declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Consorcio Merino, contra la descalificación de su propuesta técnica, presentada en la Licitación Pública para la pavimentación de 11 calles de la Urbanización Ignacio Merino I Etapa, que fuera convocada por el Gobierno Regional mediante licitación Pública Nro. 002-2012/GOB.REG.PIURA/GGR/GRI.
 
 En consecuencia, la Resolución Nro. 274-2013-TC, confirmó la descalificación de la propuesta técnica presentada por el mencionado Consorcio, conformado por las empresas Santa Lucía SAC, Construcciones Maquinarias, Equipos y Servicios Generales MIRBAC, y el ingeniero Oscar Rafael Ontaneda Neyra. Asimismo, se dispuso ejecutar la garantía presentada por el Consorcio impugnante para la interposición del recurso de apelación; dando por agotada la vía administrativa.
La decisión del Tribunal tuvo como fundamento la revisión de los documentos presentados por el Impugnante, donde se aprecia que el Consorcio propuso para el cargo de Almacenero al señor Teófilo Antenor Morante Silipú, señalando con dos constancias de trabajo que reunía 3.05 años (36 meses) de experiencia laboral en obras similares. Sin embargo, en la revisión de los documentos, solo acumuló 32.17 meses.
 
Cabe indicar que el 05 de diciembre del 2012, en el Acto de Presentación de Propuestas de la Licitación Pública Nro. 002 para la Pavimentación de las calles 16, 17, 19, 20, 21, 26, 27, 30, 31, 33, y 34 de la Urb. Ignacio Merino I etapa, en Piura, con un valor referencial de 2 millones 176 mil 791 nuevos soles, se presentaron dos postores, de los cuales la represente Legal Común del Consorcio Merino Sra. Miriam del Pilar Baca Gonzales suscribió como observación manifestando en Acta “Agradece la transparencia del comité y espera concluir satisfactoriamente el mismo”, quedando admitida su propuesta técnica, sujeta a una verificación posterior.
 
El Comité Especial, al proceder a verificar el cumplimiento de lo dispuesto en las bases integradas, descalifica al Consorcio Merino por no cumplir con acreditar algunos requerimientos técnicos mínimos, por lo cual se declaró desierto el proceso, sin embargo esta disposición fue apelada por el Consorcio Merino y que finalmente la decisión inicial del Comité Especial fue ratificada por el Tribunal de Contrataciones del Estado declarando infundado el recurso de apelación interpuesto y Confirmando la descalificación de la propuesta técnica presentada por el CONSORCIO MERINO.
 

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